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Servidumbre Eléctrica: Franja de Seguridad

Si una línea de alta o media tensión cruza tu predio, existe una franja donde no se puede construir ni plantar. Cómo se calcula su ancho y qué se puede hacer dentro de ella.

Qué es la servidumbre eléctrica

La Ley General de Servicios Eléctricos (DFL N° 4/20.018) permite a las empresas concesionarias de líneas de transporte y distribución imponer servidumbres sobre predios particulares para tender líneas aéreas o subterráneas y ocupar los terrenos necesarios para transportar la energía. Esto significa que, si una línea eléctrica de la concesionaria pasa por tu terreno, existe un gravamen legal sobre esa franja específica, independiente de que tú seas o no cliente de esa empresa.

La franja de seguridad no es un ancho fijo

A diferencia de la faja de un canal (que tiene una fórmula simple), el ancho de la franja de seguridad eléctrica se calcula técnicamente para cada línea según su tensión, el tipo de estructura, la longitud del vano y el efecto del viento sobre los conductores. Esto lo define el Pliego Técnico Normativo RPTD N°07 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), dictado en aplicación del Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Eléctricas (Decreto N° 109 de 2017).

Distancias de seguridad según tensión

La tabla oficial de la SEC fija la distancia de seguridad mínima a cada lado del eje de la línea según su tensión máxima: 1,5 m hasta 1 kV, 2,0 m entre 1 y 36 kV, subiendo progresivamente hasta 11,4 m para líneas entre 550 y 800 kV. A esa distancia base se suma el desplazamiento lateral que el viento provoca en los conductores y en las cadenas de aisladores, por lo que el ancho final de la franja depende del diseño específico de cada línea y no puede estimarse solo mirando la tensión nominal.

Qué está prohibido dentro de la franja

Dentro de la franja de seguridad no se permite la existencia de edificios, ni se pueden hacer plantaciones, construcciones ni obras de otra naturaleza que perturben la operación o mantenimiento de la línea, o que pongan en riesgo su integridad. Tampoco pueden quedar dentro de ella corrales, huertos, jardines o patios que dependan de edificios, salvo que se trate de una línea de distribución de baja tensión. Sí se permite la existencia de árboles o arbustos, siempre que se respete una altura máxima y una distancia vertical mínima al conductor, y que la línea cuente con protecciones adecuadas.

Qué puede hacer el dueño del predio

El propietario puede seguir usando el terreno para cultivos bajos, pastoreo o actividades que no impliquen construir ni levantar estructuras altas. Si el predio atravesado por las líneas quiere ejecutar construcciones debajo de ellas, puede exigir al dueño de las líneas que varíe su trazado, corriendo esas obras modificatorias por cuenta del propietario del predio. Además, tiene derecho a indemnización por el valor del terreno ocupado por postes, torres y zanjas, por los perjuicios ocasionados durante la construcción, y por una faja adicional de hasta dos metros de ancho destinada al tránsito para labores de custodia, conservación y reparación de las líneas.

Por qué esto importa en un levantamiento o subdivisión

Al mensurar un predio atravesado por líneas eléctricas de alta o media tensión, la franja de seguridad debe identificarse en el plano junto con los demás deslindes y restricciones, ya que condiciona dónde se puede construir, cercar o edificar. Ignorarla puede derivar en un proyecto que la empresa eléctrica objete posteriormente, o en construcciones que deban demolerse o modificarse a costa del propietario.

Paso a paso

  1. Identifica en terreno el trazado de la línea eléctrica y su tipo de tensión (consultando a la empresa concesionaria si no es evidente).
  2. Solicita a la empresa propietaria de la línea, o a la SEC, el plano especial de servidumbre aprobado para ese tramo.
  3. Incorpora la franja de seguridad en el levantamiento topográfico y en el plano final del predio.
  4. Verifica que ningún proyecto de construcción, cierre o plantación de árboles altos quede dentro de esa franja.
  5. Si necesitas construir bajo una línea existente, evalúa con un profesional la opción de solicitar el cambio de trazado a la empresa eléctrica.

Importante

Fuente: Ley General de Servicios Eléctricos (DFL N° 4/20.018), Capítulo V "De las Servidumbres" — Biblioteca del Congreso Nacional (bcn.cl/leychile). Distancias técnicas según el Pliego Técnico Normativo RPTD N°07 de la SEC (Decreto N° 109 de 2017, Ministerio de Energía).

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